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Menores de 18 años

Los hijos de ciudadanos argentinos nativos que nacen fuera de la República Argentina, tienen derecho a la nacionalidad argentina por opción.

En el caso de menores de 18 años, la opción la realiza el progenitor argentino (padre o madre) con el consentimiento expreso del otro. En el caso de mayores de edad, la opción la realiza el propio interesado.

El trámite de opción es personal (padres y el menor), y se realiza en la sede de esta Sección Consular en Quito.

REQUISITOS:

1) Nota de los padres dirigida al Jefe de Sección Consular solicitando la opción a la nacionalidad argentina para el menor en razón de ser hijo de ciudadano/a argentino/a (en la nota favor mencionar teléfono, dirección y correo electrónico.

2) Original y copia del Acta de Nacimiento del progenitor de nacionalidad argentina.

3) Original y copia del Acta de Nacimiento (íntegra) del optante, intervenida con Apostilla de La Haya (en la partida de nacimiento debe figurar hijo del padre o madre de nacionalidad argentina con apellido y nombres completos sin abreviaturas, igual al del certificado de nacimiento argentino del progenitor/a)

4) Si el optante nació fuera del territorio ecuatoriano, debe presentar el Certificado de Inscripción de su Acta de Nacimiento en el Consulado Argentino con jurisdicción en el lugar de nacimiento.

5)  Comprobante de Domicilio del optante, (preferentemente recibo telefónico) en original y copia.

6) 3 fotos color del optante, 4x4 cm, de frente, con fondo blanco, con la cara descubierta.

7) Original y Copia de los documentos de identidad (DNI, Pasaporte, Cédula) de los padres y del optante.

8) En caso de ser fallecido uno de los progenitores debe acreditar esta circunstancia con certificado de defunción, legalizado por el registro civil y con la apostille del Ministerio de Relaciones Exteriores y/o consulado argentino del lugar del fallecimiento.

NOTA: la documentación requerida para los trámites de opción debe ser presentada en un sobre manila con antelación en esta Sección Consular para su revisión. Posteriormente, se informará el día y hora de su cita.

A partir del 1ro. de noviembre de 2016, conforme lo dispuesto por el Decreto 1111/2016, el trámite posee un valor de 40 dólares estadounidenses por cada 25 renglones o fracción del Acta de Inscripción de Nacimiento y 40 dólares estadounidenses) por cada 25 renglones o fracción del Testimonio del acta de Opción por la Nacionalidad.

Asimismo, se tomará al trámite de solicitud del Documento Nacional de Identidad, cuyo valor es de 15 dólares estadounidenses.

En caso de dudas, puede comunicarse por correo electrónico a la siguiente dirección: turnos_eecua@mrecic.gov.ar

 

 

Fecha de actualización: 14/11/2016